La Secretaría de Salud de Barrancabermeja, con el fin de dar cumplimiento a lo estipulado en la Ley 9 de 1979, la Resolución 5194 de 2010 del Ministerio de la Protección Social y las demás disposiciones legales en la materia, relacionados con las condiciones higiénico sanitarias que deben cumplir las funerarias, salas de velación y agencias mortuorias que funcionen en la ciudad de Barrancabermeja, para lo cual se estipulan las siguientes requisitos-directrices de obligatorio cumplimiento para las entidades objeto de IVC sanitario por parte de la entidad territorial de salud.

IMPORTANTE: Para registrarse por primera vez el formulario exige a las EMPRESAS DEL SECTOR FUNERARIO adjuntar los archivos legibles y en formato PDF.:

1. Cámara de comercio

2. Cédula de representante legal.

3. Licencia de seguridad (Bomberos).

4. Uso de suelos (Planeación Municipal).

5. Plan de saneamiento básico.

6. Tarjeta de propiedad de vehículos funebres.